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Las contrarreformas laborales durante los gobiernos de Felipe González (2)

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Raúl Navas

En 1984 se aprobó una nueva normativa que extendía la contratación temporal, que no aparecía en el programa electoral del PSOE. Concretamente fue la reforma laboral de noviembre de 1984 (Ley 32/1984) suscrita por el gobierno, la CEOE, CEPYME y con el apoyo inicial de UGT.

Por su parte, CC.OO. criticó el acuerdo, y en ese mismo año se llegó a hablar de Huelga General. La reforma permitía varias modalidades de contratación temporal con el objetivo de “incentivar la creación de empleo”. Desaparecía la necesidad de causalidad en los contratos temporales, y se utilizan para puestos que en realidad deberían ser estables. Se impulsaba el contrato a tiempo parcial y se establecía la posibilidad de despido colectivo en empresas de menos de 25 trabajadores.

También se extendía la polivalencia en las funciones del trabajador y la productividad y los complementos en el salario. Una vez más, estos se ataques se justificaban con la excusa de la crisis económica y la promesa de crear empleo.

En esta reforma se encuentran los inicios de los contratos basura y la legalización del fraude en la contratación temporal. Se imponía la temporalidad como la norma general para contratar y se autorizaban hasta 14 formas de contratación temporal. La patronal por fin había conseguido el uso del contrato temporal de forma descausalizada. No hacía falta acreditar razón alguna por la cual el empresario establecía un contrato temporal y no uno indefinido.

La nueva normativa autorizaba hasta 14 formas de contratación temporal, como “excepciones al principio general de la contratación indefinida”. Aparecían modalidades como: contrato de fin de otra, contrato por circunstancias de la producción, contrato de interinidad o contrato por lanzamiento de una nueva actividad. Además aumentaba la duración máxima de los contratos en prácticas y formación, se eliminaban los topes a la contratación temporal en función de la plantilla y se potenciaban los contratos a tiempo parcial. También se introducían numerosas bonificaciones fiscales para los empresarios, de hasta 400.000 pesetas por contratar a mayores de 45 años, e incluso deducciones de 500.000 pesetas en el impuesto de sociedades por contratar a jornada completa.

Una vez más, esta normativa basada en la precarización era justificada con la promesa de creación de empleo. En el pleno del congreso, el 1 de marzo de 1984, Almunia decía lo siguiente: “Esta reforma no va a producir 1.000 empleos diarios, como otro ministro afirmó aquí al presentar el Estatuto de los Trabajadores, pero estamos convencidos de que es la única fórmula posible para generar el máximo empleo”(1).

Es decir, desde el PSOE se asumía claramente la mentalidad empresarial y defendían que la precarización era la única manera de crear empleo y combatir el paro. Por tanto, no era de extrañar que representantes del capital alabaran la política económica del PSOE. A estas alturas los representantes del capital aplaudían la política económica de Felipe González. Desde la CEOE, José María Cuevas aplaudió públicamente al gobierno por haber aprobado la nueva normativa de contratación temporal, resaltando que no habían conseguido que otros gobiernos anteriores aceptaran aprobar una legislación laboral de este tipo. Cuevas llegó a referirse a Felipe González en 1984 como un “gran converso”. Otro ejemplo lo tenemos en Rodolfo Martín Villa, ex ministro de UCD y político del régimen durante de la dictadura de Franco, quien dijo en el periódico Cinco Días: “Suscribo la política económica del gobierno, porque no me parece, ni mucho menos de izquierdas”(2).

La normativa laboral de 1984 tuvo un impacto muy negativo en el empleo estable. Un estudio realizado por CC.OO. en 1989 señalaba que un 80 por ciento de los contratos eventuales de fomento del empleo eran irregulares, debido a la generalización del fraude en la contratación temporal. Se comenzaron a realizar contratos por obra y servicio sin detallar nada más que esas dos palabras. Se señalaba que sólo en 1988 se habían firmado 1.9 millones de contratos eventuales, y además se denunciaba que la tasa de temporalidad había pasado de un 10 por ciento antes de la reforma de 1984 al 31.5 por ciento en 1990.

El poder adquisitivo de los salarios reales se había deteriorado más de un 3 por ciento en 1984 (3). Tras atacar los salarios e imponer la precarización en los contratos laborales, el siguiente paso del gobierno fue atacar las pensiones públicas. En 1985 se aprobó la Ley de Pensiones (Ley 26/1985 de Medidas Urgentes por la Racionalización de la Estructura y Acción protectora de la Seguridad Social), que fue la actuación más impopular y contestada en la primera legislatura de Felipe González.

La ley endurecía las condiciones para tener derecho al cobro de pensiones y reducían la cuantía económica de las mismas. Aumentaba de 8 a 10 años, el mínimo de tiempo cotizado para acceder a una jubilación. Además se modificaba el sistema de cálculo de prestación en perjuicio del pensionista, eliminando el derecho de escoger los dos años cotizados de los últimos 10 como base de cotización y se establecía que el cómputo se hiciera en base a 8 años.

Así, el gobierno conseguía que muchas mujeres quedaran fuera o con pensiones muy bajas. Esta contrarreforma laboral fue respondida por una Huelga General el día 20 de junio de 1985, convocada por CC.OO. y CNT, pero sin el respaldo de UGT. Aunque Nicolás Redondo, entonces secretario general de la UGT y diputado del PSOE, rompió la disciplina de partido y voto en contra de la ley en el parlamento.

Posteriormente no se apostó por endurecer el conflicto y la reforma no pudo ser detenida. Incluso dos años después, tuvo lugar la aprobación de la Ley 8/87 de Fondos de Pensiones allanaba el camino a la privatización y su gestión por bancos y empresas.

Notas:

(1) El País, 2 de marzo de 1984, el ministro al que se hace referencia es Rafael Calvo Ortega.
(2) Cinco Días, 02/01/1985
(3) El País, 25/01/1985

Fuente: http://info.nodo50.org/Las-contrarreformas-laborales.html

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